El Consell de Govern aprueba el primer Proyecto de ley de residuos y suelos contaminados y lo remite al Parlament

 Fija medidas para la reducción de residuos y establece la recogida selectiva de materia orgánica, textil y del aceite

 

La primera Ley de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears se ha aprobado hoy en el Consell de Govern con medidas pioneras, que pretenden luchar contra una problemática que causa estragos ambientales, como el abandono de residuos en el medio natural. Los objetivos que ha marcado la normativa van más allá de los establecidos por la Comisión Europea y se pretende que, con su aplicación, en 2020 se haya reducido un 10 % de los residuos generados respecto de 2010, y un 20% en 2030. Para ello, será necesario sustituir con alternativas más sostenibles muchos de los productos de plástico desechables, como las vajillas de plástico, las pajitas para bebidas, los bastoncillos de las orejas y los bastoncillos para caramelos. A estos productos se han añadido —teniendo en cuenta, así, algunas de las más de 400 aportaciones que ha tenido el Anteproyecto de ley durante el periodo de exposición pública— las bandejas destinadas a empaquetar productos alimenticios, que tendrán que ser compostables a partir de 2020, o las anillas de plástico que sujetan paquetes de latas o botellas de bebidas, que tendrán que ser de material biodegradable a partir del mismo año.

Como estas medidas, la desaparición de las bolsas de plástico desechables también
ha sido avalada por la Estrategia del plástico presentada por la Comisión Europea. A partir de 2020 —un año después del previsto en el primer borrador de la normativa para favorecer que el pequeño comercio pueda deshacerse del stock disponible—, solo se permitirá la distribución de bolsas de plástico compostables muy ligeras, siempre que se destinen únicamente a productos alimenticios para prevenir el desperdicio y/o para cuestiones de higiene o seguridad. A partir del mismo año se tendrá que evitar la venta de productos que contengan microplásticos o nanoplásticos y las versiones no reutilizables de mecheros, maquinillas de afeitar, cartuchos y tóneres de impresora y fotocopiadora.

En el mismo horizonte de 2020, las cápsulas desechables de café, infusiones, caldos y otras utilizadas en cafeteras se tendrán que fabricar con materiales compostables o fácilmente reciclables. Además, los fabricantes o distribuidores de toallitas húmedas que se ofrecen en el mercado en las Illes Balears tendrán que incorporar información sobre los efectos de estos productos en el medio ambiente. Asimismo, las ordenanzas municipales tendrán que incorporar medidas de prevención y minimización del abandono de residuos en las playas, como las colillas de tabaco o los envases.

Para cumplir los objetivos, la Ley prevé también una racionalización en el uso de los envases, por lo que se tendrán que implicar tanto las instituciones públicas como los establecimientos privados. Así, se promoverá la instalación de fuentes de agua potable o el suministro en envases reutilizables y se prohibirá la distribución de bebidas en envases desechables en las instituciones públicas. En los eventos públicos que cuenten con apoyo de las administraciones se tendrán que implantar alternativas a la venta y la distribución de bebidas envasadas y de vasos desechables. Por otra parte, los establecimientos de hostelería y restauración siempre ofrecerán a los clientes la posibilidad de consumir agua no envasada apta para el consumo humano, de forma gratuita y complementaria.

Estos objetivos de reducción en la generación de residuos se medirán basándose en los kilogramos por habitante y año, que se calcularán de acuerdo con el índice de presión humana y no con la población de derecho, como hasta ahora.

La nueva Ley, que tendrá que ser debatida en el Parlament de les Illes Balears, tiene también otros objetivos, como la reducción del desperdicio de alimentos hasta el 50 % para el año 2030 en relación con 2020. Para ello, primero se realizará una diagnosis de la situación y acto seguido se creará un código de buenas prácticas para reducirlo, que incluirá que los comercios y puntos de venta no puedan eliminar alimentos en buen estado. Además, la comida cocinada que sobre de comedores escolares, hospitales, residencias, grandes colectivos, grandes eventos, entre otros, se podrá entregar a comedores sociales y a los particulares que lo necesiten, con la armonización previa de la normativa sanitaria. Asimismo, los restaurantes y los hoteles tendrán que facilitar a los clientes, si así lo desean, los restos de alimentos no consumidos en envases compostables, a excepción de los establecimientos que ofrezcan bufete o menús colectivos.

En cuanto a los envases, el objetivo es reciclar el 75 % antes del año 2030. Aquel mismo año se quiere establecer un porcentaje máximo del 10 % en la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. Con respecto al objetivo de reciclaje y preparación para la reutilización, este es de un 50 % del peso en 2020 para materiales como papel, metales, vidrio, plástico y biorresiduos de los residuos domésticos y de un 65 % en el año 2030.

Por ello, la normativa fomenta la recogida separada de residuos en origen, que tendrán que asumir todos los establecimientos públicos y privados y los entes locales en un plazo de dos años. Desde la promulgación de esta ley todos los contratos de limpieza tendrán que prever esta separación en origen.

También se tendrá que ofrecer la recogida diferenciada de materia orgánica compostable, aceite vegetal usado, residuos textiles y residuos peligrosos, todos ellos de origen domiciliario. Se establece, asimismo, adelantándose a los objetivos europeos, que, antes de 2025, un 3 % de los residuos domésticos gestionados se preparen para reutilizarlos, prioritariamente con la intervención de entidades de carácter social, y que este porcentaje llegue al 5 % en el año 2030.

Por este motivo, en dos años y por primera vez, se exige a todos los municipios que garanticen el servicio de centro de reciclaje a sus ciudadanos, ya sea de manera independiente o mancomunada, así como un espacio de recepción y almacenaje selectivo de residuos y de productos usados, averiados o no, pero que ya no interesan al propietario, con el objetivo de que puedan ser reaprovechados, reutilizados o reparados para reutilizarlos. La Ley incluye también el fomento de la recuperación, clasificación y reutilización de los documentos que contengan valor patrimonial, histórico o cultural importante, como mapas, revistas o libros.

La Ley recoge el principio de «quien contamina paga», y prevé bonificaciones por buenas prácticas y para colectivos en riesgo de exclusión social. Igualmente, exige transparencia en las tarifas, las tasas y los precios públicos de recogida y de tratamiento. Además, los gestores de residuos registrados, sean peligrosos o no, estarán obligados a presentar los datos relativos a los residuos producidos y gestionados durante el año anterior. Por otra parte, los sistemas de responsabilidad ampliada del productor tendrán que facilitar al Govern los datos de los productos puestos al mercado en las Illes Balears.

En este marco, se crea el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Illes Balears, de forma que los productores estarán obligados a elaborar y enviar al Govern un estudio de minimización en la producción de residuos cada cuatro años para los grandes generadores.

Con respecto al traslado de residuos, desde la entrada en vigor de la normativa quedará prohibida la importación de residuos con destino a plantas de tratamiento públicas ubicadas en el territorio de las Illes Balears. Así, se cumple uno de los acuerdos de gobernabilidad de detener esta importación. Además, no se podrá incinerar ni verter ningún tipo de residuos sin que antes haya habido un pretratamiento.

Conscientes del cambio de hábitos y costumbres que comportará la entrada en vigor de la Ley, se apuesta por la educación ambiental estableciendo acciones de formación y concienciación social hasta el punto de que los contratos de recogida o tratamiento de residuos con licitación pública tienen que destinar un 1 % a estas acciones de sensibilización.

La Ley recoge también la creación de un inventario de suelos degradados y contaminados de las Illes Balears y prevé su recuperación voluntaria.

La Ley de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears se estructura en nueve títulos, seis disposiciones adicionales, seis disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. En total, contiene ochenta artículos y seis anexos y es fruto de un proceso pionero durante el que se han recibido más de 800 aportaciones. Se han efectuado 34 entrevistas a profesionales, públicos y privados, de las diferentes islas, dedicados a la gestión de residuos, y se han mantenido reuniones sectoriales y con los consejos insulares, además de llevarse a cabo 6 talleres en todas las islas, en los que han participado 135 personas a partir de un primer borrador de la normativa.

Documento http://www.caib.es/pidip2front/jsp/adjunto?codi=2181500&idioma=es