El pasado lunes de 9 marzo tuvo lugar en las instalaciones de SERNAUTO la Reunión del foro del Acuerdo Voluntario de Gestión de Baterías de Plomo-Ácido, en el cual ANGEREA es participante.

Un año más a la cita acudieron fabricantes de vehículos, de componentes, distribución, talleres, gestores y recogedores intermediarios y los recicladores-fundidores de residuos de baterías representados por las diferentes entidades que representan la cadena de valor del sector de automoción involucradas en la gestión medio ambientalmente responsable de este tipo de baterías. como  ANESDOR, ANGEREA, CONEPA, CLARIOS, EXIDE, FER,GANVAM, UNIPLOM y SIGRAUTO nos unimos para dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 710/2015 , sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.

Un año más el objetivo ha sido superado con éxito en base a lo establecido por el Real Decreto  710/2015 el cual establece un 95% de recogida de baterías de automoción de plomo-ácido hasta 2019 , y de un  98% exigido a partir de 2020, ya que se han recogido un 98,4% en 2019.

El Acuerdo Voluntario para la gestión de baterías plomo-ácido nace por acuerdo de la práctica totalidad de los agentes involucrados en la cadena de tratamiento de este tipo de baterías para dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 106/2008 de 1 de febrero sobre pilas y acumuladores y la gestión medioambiental de sus residuos y su posterior modificación mediante el Real Decreto 710/2015, de 24 de julio.

El propio texto de la normativa señala que era conveniente mantener las formas de gestión que habían venido aplicándose a las baterías de automoción con un altísimo porcentaje de recogida y reciclado, sin necesidad de establecer otras formas de gestión como los sistemas de depósito, devolución y retorno o los sistemas integrados de gestión.

De esta forma, los productores de baterías de plomo/ácido al final de su vida útil optaron por asumir individualmente su responsabilidad mediante la adopción de sistemas de gestión individual unidos al Acuerdo Voluntario para el cumplimiento de lo establecido en el R.D. 106/2008, los artículos 11 (de recogida), el art. 12.2 (sobre tratamiento y reciclaje de los residuos en instalaciones autorizadas) y el art. 19.1 (de información a los consumidores), de forma conjunta a través del presente Acuerdo Voluntario de Recogida.

 

Más información en: http://reciclatubateria.com/