La consulta pública del MITERD del Anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados finalizo el pasado  3 de julio de 2020..

Como ya se explico, las principales novedades del Anteproyecto de Ley son:

  • Inclusión de nuevas definiciones y revisión del ámbito de aplicación
  •  Impulso a la economía circular mediante la revisión de los procedimientos de subproducto y fin de condición de residuo, habilitando la posibilidad de desarrollo a nivel autonómico.
  • Se refuerza la jerarquía de residuos mediante la inclusión de la obligación por parte de las administraciones de adoptar instrumentos económicos.
  • En materia de fiscalidad ambiental, con el fin de incentivar la economía circular, se introduce un nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables.
  • En el ámbito de la prevención:
    • Inclusión de objetivos de reducción de la generación de residuos para el medio y largo plazo.
    • Inclusión de medidas para reducir los residuos alimentarios, favoreciendo en primer lugar la donación de alimentos y otros tipos de redistribución de alimentos.
    • Prohibición de destrucción de excedentes no perecederos.
    • Medidas para reducir el consumo agua embotellada en envase de un solo uso.
  • En el ámbito de la gestión de residuos:
    • Establecimiento de un calendario de recogida separadas obligatorias para nuevos flujos de residuos (textiles, domésticos peligrosos, aceites de cocina usados), adelantándolo para biorresiduos.
    • Incorporación de los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado comunitarios para los residuos municipales (55% en 2025, 60% en 2030 y 65% en 2035), diferenciando un porcentaje de preparación para la reutilización. Se traslada el cumplimiento a las CCAA.
    • Revisión de las obligaciones de la producción y gestión de residuos así como las específicas para algunos flujos de residuos como biorresiduos, aceites usados y residuos de construcción y demolición.
  • En el ámbito de los plásticos:
    • Incorporación de las obligaciones recogidas a nivel comunitario manteniendo los calendarios establecidos en la Directiva. Para los artículos para los que se deja margen al Estado en cuanto a cómo conseguir su reducción, se ha fijado un calendario y se prohíbe la distribución gratuita a partir de 2023.
    • Introducción de medidas para artículos de plástico no compostable no incluidos en la normativa comunitaria (artículos monodosis, anillas de plástico, palitos de plástico) para equiparar el nivel de ambición con las medidas adoptadas por diferentes CCAA, respetando las limitaciones existentes en la Directiva de envases y residuos de envases.
    • Prohibición del uso de cosméticos y detergentes que contengan microplásticos añadidos intencionadamente, adelantándose a la decisión a nivel comunitario.
  • Revisión de la regulación sobre la responsabilidad ampliada del productor (RAP) en coherencia con la normativa comunitaria, incluyendo una previsión para su aplicación en textiles y plásticos agrarios no envases 5 años después de la entrada en vigor de la Ley.
  • Revisión del régimen sancionador, incluyendo nuevas infracciones y actualizando sanciones.

Una vez las diferentes organizaciones, asociaciones y público en general han presentado las correspondientes alegaciones al texto, ahora el MITERD deberá realizar el análisis de los comentarios recibidos, y en su caso realizará las modificaciones pertinentes en el texto, que pasará a la fase de tramitación parlamentaria. No se espera contar con un nuevo texto antes de final de 2020, comienzos de 2021.

Como desde el sector son muchas las dudas que este nuevo texto ha suscitado, el pasado 21 de septiembre tuvo lugar  una presentación realizada por el Grupo de trabajo de  Economía Circular de CEOE , a la que asistió ANGEREA, donde tuvo lugar un intercambio de impresiones y comentarios entre las diferentes organizaciones que asistieron así como la resolución de dudas que fueron planteadas.