El pasado 20 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, y el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

Este nuevo documento modifica dos textos previos: el Real Decreto sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos de 2008 y el Real Decreto sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos de 2015. La nueva norma establece que los residuos de pilas que contengan sustancias como el litio o el níquel metal hidruro tengan una clasificación específica como residuo peligroso atendiendo a las características de estas sustancias; Se revisan ciertos aspectos de la legislación de RAEE; y se introducen otros nuevos como el control en el caso de las importaciones de la inscripción en el Registro Integrado Industrial, que redundarán en una mejor gestión.

Para facilitar la adaptación de esta nueva norma al proceso de trabajo de nuestros asociados, ANGEREA ha remitido a todos sus asociados dos documentos en los que explica por un lado los cambios más relevantes que introduce este nuevo Real Decreto  y por otro los requisitos que los gestores de residuos deben cumplir con este nuevo documento.