Como todos los años y durante el primer trimestre, se han de llevar a cabo una serie de trámites obligatorios en materia de medio ambiente que suponen para las empresas la elaboración y presentación de una documentación específica ante la Autoridad Ambiental competente, que puede ser distinta en función de la Comunidad Autónoma.

REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE CONTAMINANTES (E-PRTR)

Las actividades afectadas por el registro E-PRTR (Anexo I del RD 508/2007) deberán informar antes del 28 de febrero, de sus emisiones anuales al aire, al agua, al suelo y generación de residuos, así como informar sobre las emisiones difusas de una serie de sustancias contaminantes especificadas en el Real Decreto.

En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la fecha máxima de presentación es el 31 de marzo para establecimientos industriales, y del 1 al 30 de abril para explotaciones ganaderas.

PLAN DE GESTIÓN DE DISOLVENTES

Las instalaciones en las que se desarrollen actividades incluidas en el Anexo I del Real Decreto 117/2003 (siempre que se realicen superando los umbrales de consumo de disolvente establecidos en el Anexo II), deberán presentar el Plan de Gestión de Disolventes del año precedente para comprobar el cumplimiento de los valores límites de emisión antes del 31 de marzo.

En la Comunidad Valenciana la fecha máxima es el 28 de febrero.

El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la CCAA o en el registro general.

MEMORIA DE PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS Y DECLARACIÓN ANUAL DE PRODUCTORES DE RESIDUOS INDUSTRIALES

**NOVEDAD** Todos los Productores de Residuos Peligrosos deberán presentar  la memoria anual de productores de residuos peligrosos (Ley 7/2022) antes del 1 de marzo.

En la Comunidad Autónoma de Cataluña, las actividades industriales inscritas en el Registro de productores de residuos industriales que no generen residuos peligrosos podrán seguir presentando la Declaración de Residuos Industriales (DARI) gestionados en el año anterior (Decreto 93/99) antes del 31 de marzo.

El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la CCAA o en el registro general.

MEMORIA ANUAL DE GESTORES DE RESIDUOS

Los gestores de residuos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación deberán presentar la Memoria o Declaración Anual de Gestión de Residuos antes del 1 de marzo.

El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la CCAA o en el registro general.

INFORMACIÓN ANUAL SOBRE ENVASES PUESTOS EN EL MERCADO / DECLARACIÓN ANUAL DE ENVASES (DAE)

**NOVEDAD** Tras la entrada en vigor del RD 1055/2022, los productores de productos envasados deberán registrarse en el Registro de Productores de Producto, antes del 27 de marzo, a través del portal E-SIR.

Este año, la Información Anual de Envases se deberá presentar mediante el portal web E-SIR, de acuerdo con el siguiente calendario:

  • Periodo de pruebas: Del 01/01/23 al 30/04/23
  • Periodo 2021: Del 01/05/23 al 31/07/23
  • Periodo 2022: Del 01/08/23 al 31/10/23
  • Además, si se está adherido a un Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP), como por ejemplo un SDDR, ECOEMBES, SIGRE, se declarará antes del 28 de febrero.

INFORME DE SEGUIMIENTO DEL PLAN EMPRESARIAL DE PREVENCIÓN Y ECODISEÑO DE ENVASES (PEPE)

Los envasadores que superen los umbrales de envases marcados en el Real Decreto 1055/2022, deberán presentar el Informe Anual de seguimiento antes del día 31 de marzo, y acreditar el grado de cumplimiento de los objetivos previstos en el año natural anterior.

**NOVEDAD** Actualización de las cantidades de envases que los productores de productos, a lo largo de un año natural, introduzcan en el mercado:

  • 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio
  • 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero
  • 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio
  • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico
  • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de madera
  • 15 toneladas, si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos
  • 300 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.

El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del E-SIR.

ESTUDIO DE MINIMIZACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS

Las actividades generadoras de > 10 toneladas anuales de residuos peligrosos han de realizar un Estudio de Minimización de Residuos Peligrosos cada 4 años. El trámite se puede realizar a través del aplicativo web del órgano ambiental de la CCAA o en el registro general.