Desde hoy, está en vigor este Decreto aprobado por el Govern, que en el ámbito de los residuos supone algunos cambios que han de repercutir en una mayor flexibilización dela actividad económica.
En concreto se establece:
- Ampliación del plazo de presentación y pago de las autoliquidaciones de los cánones de residuos a la Agència de Residus de Catalunya hasta un mes a contar desde el fin del estado de alarma (artículo 2.c.).
- Reducción del 50% de los cánones sobre la deposición controlada de los residuos Industriales y del canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción durante los meses de abril y mayo de 2020 (articulo 3).
En referencia a la tramitación telemática de documentos de residuos (fichas aceptación, hojas de seguimiento, justificantes de recepción de residuos), así como la inscripción telemática al Registro de persones productoras de residuos de Catalunya quedan todos bonificados al 100% (artículo 4).
Finalmente, en la disposición adicional sexta, se establece que los gestores de valorización de residuos no peligrosos inscritos en el Registro general de persones gestores de residuos de Catalunya (sección gestores y gestores de residuos) o en trámite de inscripción, pueden solicitar a la Agència de Residus de Catalunya, hasta el 31 de diciembre de 2020, la devolución de las fianzas depositadas en cumplimiento de las condiciones impuestas en la licencia o en la autorización ambiental de la actividad. Esta disposición no es de aplicación a los depósitos controlados de residuos.