Se ha publicado la Orden PCM/831/2020, de 7 de septiembre, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil. Aquí

El Real Decreto 20/2017, sobre los vehículos al final de su vida útil -VFVU-, incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, relativa a los vehículos al final de su vida útil y sus modificaciones posteriores.

Establece como regla general la prohibición del uso de plomo, mercurio, cadmio o cromo hexavalente en los materiales y componentes de los automóviles que se hubiesen puesto en el mercado después del 1 de julio de 2003, mientras que el anexo I establece las excepciones a esta regla general de prohibición de dichos materiales.

Incorpora las novedades de las correspondientes Directivas delegadas:

Los anexos de las citadas directivas delegadas de 2020 incorporan la modificación de las fechas de alcance de la exención de prohibición de la utilización de cromo hexavalente como protección anticorrosiva para los sistemas de refrigeración de acero al carbono en refrigeradores de absorción, hasta un máximo del 0,75 % en peso en la solución refrigerante, y en la utilización de plomo en determinadas soldaduras y sistemas de conectores.

Las modificaciones están por tanto referidas a:

Artículo único. Modificación del anexo I del Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil.

ANEXO I. Exenciones a la prohibición de utilizar plomo, mercurio, cadmio y cromo hexavalente en los materiales y componentes de los automóviles, prevista en el artículo 4.1.a). Obligación de marcado de materiales y componentes