Se ha publicado hoy en el BOE el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.  El presente Real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

 

Esta norma incorpora a nuestro ordenamiento la revisión de 2018 de la directiva europea aplicable en esta materia y modifica el RD 2822/1998, Reglamento General de Vehículos. Con esta norma se desarrollan los principios de la Estrategia Española de Economía Circular para alcanzar los objetivos marcados de reducción del consumo de materiales y reducción de la generación de residuos.

 

Entre las principales modificaciones contempladas en el Real Decreto se incluye:

  • La ampliación del ámbito de aplicación de esta norma a cualquier vehículo, de tal forma que no quede restringido a automóviles.
  • Distintos criterios que deben cumplirse para diferenciar si un traslado de piezas de un vehículo que se desguaza se considera traslado de residuos o traslado de productos.
  • Regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil y los requisitos mínimos que deben cumplir todas las instalaciones que traten estos vehículos.
  • Trámites de entrega de los vehículos al final de su vida útil.
  • Obligaciones de descontaminación por parte de los Centros Autorizados de Tratamiento.
  • Revisión de las obligaciones de información.
  • Clarificación del Régimen sancionador en lo que respecta a los sistemas de Responsabilidad ampliada del productor.

 

Los artículos a destacar dentro del documento que afectan al sector (CAT) son los siguientes:

  • CAPÍTULO III Gestión de residuos de vehículos al final de su vida útil
    • Artículo 5. Obligaciones relativas a la entrega y recogida de los vehículos para su tratamiento.
    • Artículo 6. Documentación de la entrega.
    • Artículo 7. Instalaciones y operaciones de tratamiento.

 

  • CAPÍTULO IV Objetivos en el tratamiento de automóviles al final de su vida útil
    • Artículo 8. Objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización de automóviles.

 

  • CAPÍTULO V Responsabilidad ampliada del productor de automóviles
    • Artículo 9. Obligaciones en el ámbito de la responsabilidad ampliada del productor de automóviles.
    • Artículo 10. Sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor.

 

  • Disposición transitoria primera. Adaptación de los CAT a las previsiones de este real decreto.

 

ENLACES A DOCUMENTOS

 

Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. VER