El próximo 31 de octubre finaliza el plazo de presentación de garantías financieras obligatorias para las actividades clasificadas con nivel de prioridad 1 según establece  la Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2, mediante Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, y por la que se modifica su anexo.

Las actividades profesionales que engloba este nivel 1 son:

Operadores sujetos al ámbito de aplicación del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (operadores Seveso)

-Categorías de actividades industriales incluidas en el anexo I del Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación (Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre):

 1. Instalaciones de combustión
1.1 Instalaciones de combustión con una potencia térmica nominal igual o superior a 50 MW:
1.1a Instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen ordinario o en régimen especial, en las que se produzca la combustión de combustibles fósiles, residuos o biomasa.
1.1b Instalaciones de cogeneración, calderas, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión existente en una industria, sea ésta o no su actividad principal.

5.Gestión de residuos
5.1 Instalaciones para la valorización o eliminación de residuos peligrosos, con una capacidad de más de 10 toneladas por día que realicen una o más de las siguientes actividades:
5.1a Tratamiento biológico.
5.1b Tratamiento físico-químico.
5.1e Recuperación o regeneración de disolventes.
5.1f Reciclado o recuperación de materias inorgánicas que no sean metales o compuestos metálicos.
5.1g Regeneración de ácidos o de bases.
5.1h Valorización de componentes utilizados para reducir la contaminación.
5.1 Valorización de componentes procedentes de catalizadores.
5.1j Regeneración o reutilización de aceites.
5.2Instalaciones para la valorización o eliminación de residuos en plantas de incineración o coincineración de residuos:
5.2b Para residuos peligrosos con una capacidad superior a 10 toneladas por día.

Estas garantías financieras deben basarse en un análisis de riesgos ambientales. Para facilitar esta labor, el Ministerio para la Transición Ecológica dispone de una guía metodológica, para la ejecución de estos análisis.