Esta nueva Ley 6/2021 sustituye a la Ley 10/2008 que se había quedado desfasada respecto a los últimos cambios normativos europeos y estatales.
Esta Ley tiene como objeto la regulación de la producción y gestión sostenible de los residuos, potenciando medidas que prevengan su producción y disminuyan los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente, vinculados a su generación y gestión, al tiempo que se fomenta el uso sostenible de los recursos y la transición hacia una economía circular y baja en carbono en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia. Además, es objeto de esta ley regular el régimen jurídico de los suelos contaminados aplicable en la Comunidad Autónoma de Galicia.
En lo que respecta a la producción, posesión y gestión de residuos la ley concreta:
- Las obligaciones del sujeto productor u otro sujeto poseedor inicial del residuo, así como las obligaciones de quienes asumen su gestión. Entre ellas puede destacarse la constitución de un seguro o de una fianza que garantice la restitución del daño que el desarrollo de la actividad pueda causar en el medio ambiente.
- Se impone que el traslado de residuos cumpla dos requisitos: un contrato de tratamiento con carácter previo al inicio del traslado de residuos y un documento de identificación de los residuos. Además, los traslados de residuos peligrosos y los destinados a la eliminación están sometidos a comunicación previa a su realización, a efectos de la oposición a su tratamiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia cuando no existan instalaciones adecuadas en él o esté previsto en los planes de residuos una solución alternativa a su tratamiento. Se ocupa de los traslados transfronterizos en la Unión Europea con origen o destino en la Comunidad Autónoma de Galicia o entre comunidades autónomas.
- Contiene el régimen de intervención administrativa de todas las actividades relacionadas con la producción y gestión de residuos, incluidas las llevadas a cabo por los sistemas de responsabilidad ampliada del sujeto productor, abarcando todas las actividades sometidas a autorización o comunicación.
- Se ha ce referencia a la existencia de la plataforma electrónica que la Administración autonómica pone a disposición de los sujetos productores y gestores cuyo uso es obligatorio.
Ley 6/2021, de 17 de febrero, de residuos y suelos contaminados en Galicia