Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogan determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación (VER)
Esta norma, que entra en vigor el 25 de noviembre de 2021, extiende la vigencia de una serie de disposiciones con el fin de proporcionar un marco de seguridad jurídica que otorgue estabilidad económica y apoye a las empresas en la fase de la recuperación postpandemia.
Esto se traduce en la modificación de las siguientes normas:
- Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo
Se modifica el apartado 2 del artículo 1, ampliando la concesión de avales hasta el 30 de junio de 2022. - Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
Se modifica el apartado 2 del artículo 29, ampliando la concesión de avales hasta el 30 de junio de 2022. - Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia
Se establece la prórroga exclusivamente durante el ejercicio 2021 lo previsto en el art. 13. En consecuencia, a los efectos de la causa legal de disolución por pérdidas, no se computarán las de los ejercicios 2020 y 2021, sin que surtan efecto las pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto hasta la mitad del capital social hasta el resultado del ejercicio 2022.
Se extienden hasta el 30 de junio de 2022, las moratorias previstas en el art. 6, para evitar el desencadenamiento automático de procesos concursales.
- Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria
Se amplía hasta 31 de diciembre de 2022 el régimen transitorio por el que el régimen de suspensión de liberalización de determinadas inversiones extranjeras se aplicará también a las inversiones extranjeras directas sobre empresas cotizadas en España. - Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19
Se modifica el apartado 1 del art. 4 en lo relativo a la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas, con el objetivo de habilitar a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para poder efectuar los reintegros derivados de la no ejecución de las ayudas con anterioridad al anterior plazo previsto del 31 de marzo de 2022, y para que retengan las cantidades necesarias para hacer frente a los pagos que eventualmente puedan derivarse de la estimación de los recursos en vía administrativa interpuestos contra resoluciones denegatorias dictadas antes del 31 de diciembre de 2021.